Ir al contenido
Información para Aseguradoras
  • Preguntas frecuentes
  • 01 8000 180 280
  • +573208718677
Contáctenos
Search
Close
  • Preguntas frecuentes
  • 01 8000 180 280
logo
  • Nosotros
    • Quiénes Somos
    • Historia
    • Nuestro Equipo
    • Estados Financieros
  • Servicios e Instalaciones
    • Servicios
    • Instalaciones
  • Investigación
    • Grupo de investigación
    • Publicaciones
  • Educación
  • Donación

Inicio › ¿De qué se trata la presunción de donación de órganos?

Ley-de-donación-de-órganos-en-Colombia
Donación

¿De qué se trata la presunción de donación de órganos?

  • septiembre 30, 2021
  • 170 Número de vistas

Comparte en:

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Es importante conocer cómo funciona el mecanismo de la presunción legal de órganos en Colombia con el fin de poder tomar la decisión de ser donante o, en caso contrario, saber cómo oponerse a este procedimiento, según las leyes vigentes.

¿Qué dice la Ley 1805 de 2016 sobre la presunción de órganos?

Actualmente se encuentra en vigencia la Ley 1805 de 2016 (que modificó las leyes 73 de 1988 y 919 de 2004) y tiene por objeto regular la presunción de donación de órganos, es decir, que una persona se supone es donante siempre que en vida no haya manifestado oponerse a la extracción de sus órganos después de su fallecimiento.

La Ley es clara en señalar que no es posible que la voluntad de una persona de ser donante en vida sea revocada por alguno de sus familiares, sino por ella misma, así como también que tendrá derecho a decidir no ser donante; este concepto es conocido como “oposición a la presunción de donación”, que debe hacerse mediante un documento escrito.

Podría interesarte: ¿Por qué todos deberíamos ser donantes de órganos?

¿En qué consiste la presunción de donación de órganos?

La presunción de donación de órganos es una iniciativa que busca reducir el volumen de las listas de espera en las que actualmente reposa la información de miles de pacientes que buscan mejorar su calidad de vida o salvarla recibiendo el órgano disponible de un paciente fallecido, gracias a esta ley se presume donante a todo colombiano, excepto en dos casos:

  • Cuando la persona ha notificado su deseo de no ser donante y el documento ha sido registrado en el Instituto Nacional de Salud.
  • Cuando el paciente manifestó de manera expresa no querer ser donante ante su EPS en el momento de la afiliación. Cabe aclarar que esta negativa debe ser reportada por la EPS al Instituto Nacional de Salud.

La presunción de donación de órganos representa una gran oportunidad de aumentar la disponibilidad de componentes anatómicos a los pacientes que están en lista de espera. Con esto se puede interpretar que la Ley promueve activamente la toma de la decisión consciente de donación en vida, así como también fomenta la comunicación familiar en torno a dicha decisión, facilitando el proceso de donación al momento del fallecimiento.

Determinar si un órgano o tejido es apto para ser donado después de fallecer depende de muchos factores, entre ellos, las circunstancias de la muerte; son los profesionales de la salud quienes, después de hacer una evaluación completa, dan la última palabra para descartar o aprobar la donación.

Ya que Colombia es uno de los países a nivel mundial con los índices más bajos de donación y usted ahora cuenta con más información acerca de la presunción de donación de órganos, tómese el tiempo de reflexionar y de ser un generador de vida después de la muerte, y tenga en cuenta que, si su deseo es no cerrarle la puerta a la donación, cuenta con el amparo de la ley de presunción.  Si tiene dudas puntuales o requiere los servicios de Colombiana de Trasplantes, no dude en dejarnos un mensaje en el formulario de contacto que se encuentra en el home de nuestro sitio web.

También puedes leer:

¿Qué implica ser un donante de órganos y/o tejidos?

¿Qué órganos y tejidos se pueden donar?

Medidas de cuidado para prevenir la Covid-19 en pacientes trasplantados

Fuentes consultadas:

  • Minsalud, El nuevo giro sobre la donación de órganos en Colombia.
  • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, Ley 1805 de 2016.
  • Medicina Legal y Ciencias Forenses, ¿En qué consiste la presunción legal de donación?.
PrevAnterior¿Cómo vivir bien con insuficiencias renales? Siga estas recomendaciones
SiguienteGeneralidades sobre el trasplante de riñón de donante vivoNext

También te puede interesar

La realidad del reflujo vesicoureteral: ¿qué es y cómo afecta a los pacientes?

El reflujo vesicoureteral es una patología que debe tratarse a tiempo para evitar que se
dañen los riñones y dé paso a que se presente una insuficiencia renal u otras enfermedades
que deteriore la calidad de vida de la persona.

Leer más »
12 enero, 2023

5 consejos para retomar la vida saludable después de Navidad

Continuar con un estilo de vida saludable después de las fiestas navideñas suele ser difícil para algunas personas, pero con determinación, planeación y motivación se puede lograr
nuevamente.

Leer más »
10 enero, 2023

Enuresis nocturna, una condición que afecta a niños y adultos

La enuresis nocturna es una afección que pueden padecer tanto niños como adultos, haciendo que estos se orinen en la cama de manera involuntaria. Aunque no hay una causa exacta, existen ciertos factores que pueden ser claves.

Leer más »
29 diciembre, 2022
Ver todos los artículos

Datos de contacto

  • Línea gratuita de atención nacional:
    01 8000 180 280
  • contactenos@colombianadetrasplantes.com
  • (57) 320 871 8677
Facebook Instagram Twitter Linkedin-in Youtube

Información de Sedes

  • Sede principal - Bogotá
    Av Cra 30 #47ª-74
  • Cali
    Cll. 5D #·38A-35 Ed. Vida
  • Barranquilla
    K2 Vía Puerto Colombia. Clínica Portoazul
  • Armenia
    Cra. 12 # 0-75 Clínica del Café

Enlaces rápidos

  • Contáctenos - PQRSF
  • Asociación de usuarios
  • Derechos y deberes de pacientes
  • Política de tratamiento de datos
  • Términos y condiciones
  • Trabaje con Nosotros

Servicios para empleados

  • Correo institucional
  • Aule

Todos los derechos reservados © 2021 Colombiana de Trasplantes SAS – Diseño web PIXELPRO

WhatsApp

Aviso de privacidad

Colombiana de Trasplantes SAS, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes, es responsable del tratamiento de sus datos personales. Los datos personales que Colombiana de Trasplantes solicita serán utilizados para los siguientes fines:

  • Adelantar los trámites y servicios que tiene a cargo, en ejercicio de sus funciones.
  • Dar a conocer los servicios ofrecidos por la empresa.
  • Participar en eventos organizados por la empresa.
  • Evaluar la calidad de los servicios de empresa.
  • Adelantar los trámites y servicios que tiene a cargo, en ejercicio de sus funciones.
Como titular de información tiene derecho a conocer, actualizar y rectificar sus datos personales y, sólo en los casos en que sea procedente, a suprimirlos o revocar la autorización otorgada para su tratamiento.
Si requiere mayor información para conocer nuestra política de tratamiento de datos personales y los cambios sustanciales que se produzcan en ella, ingrese aquí.
Si desea presentar una petición, queja, reclamo, sugerencia o felicitación relacionada con la protección de datos personales puede ingresar a la página web de Colombiana de Trasplantes SAS en la opción de Contáctanos , comunicarse a la línea gratuita nacional 018000 180 280, escribir al whatsapp número: 320-8718677 o dirigirse a la Sede Principal, AV Carrera 30 No. 47A – 74.

Para continuar por favor acepte nuestra política de protección de datos y pulse “Enviar”

Muchas gracias.