Preguntas Frecuentes
Si ya recibiste la valoración en donde se determina que requieres un trasplante y deseas que el procedimiento sea con Colombiana de Trasplantes, tu EPS debe realizar la autorización con nosotros. Si deseas más información, por favor diligencia el siguiente formulario en https://colombianadetrasplantes.com/contactanos, nos pondremos en contacto contigo en el menor tiempo posible.
Colombiana de Trasplantes tiene convenios vigentes con la mayoría de las EPS del país. Además, ofrecemos distintas opciones de contratación para que cualquier EPS en Colombia pueda acceder a nuestros servicios.
Si tienes visa de residente en Colombia y cuentas con afiliación a una EPS, el servicio será cubierto por tu plan de beneficios en salud; en caso contrario, deberás asumir todos los costos derivados del tratamiento. Recuerda que en ambos casos ingresarás a la lista de espera como nacional. Si no cumples con estas condiciones, puedes solicitar ser trasplantado como extranjero; si deseas conocer más información sobre este el procedimiento en estos casos te invitamos a ingresar a la página del Instituto Nacional de Salud. Si quieres saber más sobre este tema, por favor diligencia el siguiente formulario en https://colombianadetrasplantes.com/contactanos, nos pondremos en contacto contigo en el menor tiempo posible.
Sí, ya que el hígado es un órgano que tiene la capacidad de regenerarse, por lo que puede donarse un segmento de este órgano, que con el tiempo volverá a tener el volumen, tamaño y capacidad normal. Sin embargo, actualmente en Colombiana de Trasplantes únicamente realizamos este procedimiento con donante cadavérico.
Luego de un procedimiento de trasplante de hígado, el receptor debe consumir de por vida medicamentos inmunosupresores, los cuales tienen la función de reducir la actividad del sistema inmunológico del cuerpo, con el fin de ayudar a prevenir un posible rechazo del órgano.
Es importante donar para salvar y mejorar la calidad de vida de otros colombianos que necesitan un trasplante de órganos y/o tejidos, los cuales pueden acceder al tratamiento a través del Sistema General de Seguridad Social en Salud sin importar sexo, religión o condición económica.
¡Sí! todos somos donantes. De acuerdo con la Ley 1805 de 2016 se presume que una persona es donante si se abstuvo de ejercer su derecho a oponerse a la donación. Ahora bien, en el momento en que la persona fallece, es necesario realizar una evaluación médica para determinar si es apta para convertirse o no en donante.
Hay dos rutas para quienes se oponen a la donación y trasplante de órganos: La primera, haciendo la declaración ante el notario público y enviándola al Instituto Nacional de Salud (INS), la segunda, expresando la negativa a ser donante al momento de afiliarse a una EPS. La entidad tendrá la obligación de remitir esa información al INS gracias a la ley 1805 de 2016.
Sí, algunos órganos y tejidos se pueden donar en vida. Por ejemplo, se puede donar un órgano par como un riñón, siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en la normatividad vigente. También se puede realizar donación de un tejido como médula ósea.
La donación de órganos y tejidos procede una vez se diagnostica la muerte por criterios neurológicos a una persona (muerte encefálica) o por el cese de sus funciones cardiorespiratorias. En ese momento se procede a realizar una serie de exámenes al donante para determinar la viabilidad de la donación de los órganos y tejidos. En caso que el donante presente muerte por paro cardiorrespiratorio, solo se puede extraer tejido.
En Colombia existe una amplia reglamentación en todos los aspectos relacionados con la donación y el trasplante de componentes anatómicos, entre ellas la Ley 1805 de 2016, la Ley 73 de 1988, la Ley 919 de 2004 y el Decreto 2493 de 2004, como las más importantes. Esta normativa regula los procesos para la donación de órganos y tejidos con fines de trasplante, los mecanismos de donación, los aspectos técnico-científicos y las medidas sanitarias para su realización.
La donación es un acto voluntario desinteresado y altruista, ya que por ella no existe remuneración o retribución para el donante o su familia. Por cada donante de órganos y tejidos se pueden beneficiar más de 55 personas. El trasplante de órganos es un tratamiento médico por medio del cual órganos, tejidos y células enfermas son reemplazados por las de un donante. Estos procedimientos ofrecen excelentes resultados en la calidad de vida de las personas, además de prolongarla.
NO ES CIERTO. Muchas religiones del mundo, incluyendo la católica, están a favor de la donación de órganos y tejidos, y lo ven como un acto de ayuda y solidaridad hacia otro ser humano.
NO ES CIERTO. Muchas religiones del mundo, incluyendo la católica, están a favor de la donación de órganos y tejidos, y lo ven como un acto de ayuda y solidaridad hacia otro ser humano.
NO ES CIERTO. En Colombia la Ley 73 de 1988, la Ley 919 de 2004 y el Decreto 2493 de 2004 prohíben esta práctica, considerándola un delito. De igual forma todo el proceso de donación y trasplante es vigilado y coordinado por entidades estatales como el Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto Nacional de Salud y las Secretarías de Salud. Así mismo, los trasplantes de órganos y tejidos, por ser procedimientos de alta complejidad, son realizados en instituciones que cuentan con una infraestructura adecuada y un personal entrenado específicamente en esa área. Cada procedimiento realizado es vigilado y controlado.
El trasplante de riñón, hígado, corazón, córnea y médula ósea, entre otros procedimientos, están incluidos en el Plan de Beneficios en Salud y por ende no tienen ningún costo, sin importar sexo, religión o condición económica.
Actualmente, en Colombia únicamente existen 26 clínicas y hospitales con programa de trasplante inscritos ante la Red para realizar estos procedimientos. Estas mismas entidades son las únicas autorizadas para realizar la extracción de órganos y tejidos, las cuales se desplazan a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) donde se encuentre el donante para realizar los procedimientos.
El procedimiento de donación se realiza en el momento en que una persona fallece en situación de muerte encefálica o por paro cardiorrespiratorio. Solo son extraídos los órganos y tejidos que sean aptos para trasplante, luego de verificar su función con diferentes exámenes.
En Colombia, si no existe oposición a la donación por parte de la persona mientras estuvo en vida, se puede proceder a la donación de los órganos y tejidos, siempre y cuando no hayan pasado las horas máximas establecidas para asegurar que no exista ninguna contraindicación médico legal en el donante para poder extraerlos.
La Red de Donación y Trasplantes de Órganos y Tejidos fue creada por el Ministerio de la Protección Social en el año 2004, de acuerdo con el Decreto 2493. Es un sistema de integración de los bancos de tejidos y de médula ósea, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) habilitadas con programas de trasplante o Implante, el Instituto Nacional de Salud (INS), las direcciones departamentales y distritales de salud y demás actores del sistema. Este Busca la coordinación de actividades relacionadas con la promoción, donación, extracción, trasplante e implante de órganos y tejidos, con el objeto de hacerlos accesibles en condiciones de calidad, de forma oportuna y suficiente para la población, siguiendo los principios de cooperación, eficacia, eficiencia, equidad y solidaridad.
La recuperación de un donante vivo es muy rápida. Podrá continuar con su estilo de vida normal. Sin embargo, es necesario que siga los cuidados recomendados por el especialista, como el control y seguimiento después de la salida del hospital y los consejos nutricionales. ¡Un donante vivo es un verdadero héroe!
La condición para estudiar un potencial donante vivo es que el receptor haya sido aprobado para trasplante. Si es así, eres paciente de Colombiana de Trasplantes y cuentas con un posible donante, es necesario que nos envíes la siguiente información al correo electrónico resultados@colombianadetrasplantes.com
- Respecto al donante: copia del certificado de afiliación de EPS, nombre completo, números de contacto, dirección de residencia.
- Respecto al receptor: nombres completos y número de cédula.
Una vez recibida esta información uno de nuestros funcionarios se pondrá en contacto contigo para validar los pasos a seguir.
Recibir un trasplante de órganos en Colombia no tiene costo alguno. El seguro médico del paciente es el que cubrirá los gastos de la cirugía. Cabe aclarar que la lista de espera de pacientes es controlada por el Instituto Nacional de Salud y la selección de la persona que espera el trasplante se basa en aspectos clínicos e inmunológicos.
1. Una persona que padezca una enfermedad crónica o aguda y cuyo tratamiento pueda ser el trasplante debe ser remitida por su médico especialista tratante para valoración pre-trasplante a una IPS habilitada con programa de trasplante.
2. Posterior a esta remisión, la Empresa Administradora de Planes de Beneficios a la cual esté vinculada (Entidad Promotora de Salud -EPS- o Direcciones Departamentales y Distritales de salud) debe autorizar el procedimiento en una IPS habilitada con el programa del trasplante requerido, de acuerdo con lo que se concluya en el estudio pre-trasplante.
3. Una vez el estudio pre-trasplante determine que el paciente cumple con las condiciones clínicas para que sea realizado el procedimiento y se disponga de la autorización del asegurador, el paciente ingresa a una lista de espera para el trasplante requerido.
4. La realización del procedimiento del trasplante depende de que haya un donante compatible y exista la donación de órganos para que estos puedan ser usados con este fin.
Si padeces una enfermedad crónica o aguda conducente a trasplante, tu EPS debe remitirte a valoración y, según el diagnóstico, autorizar el procedimiento con una IPS habilitada en trasplante de órganos, como Colombiana de Trasplantes. Una vez se practiquen los estudios correspondientes, se determina que cumples con las condiciones clínicas para recibir el trasplante y se disponga de la autorización por parte de la EPS, ingresaras a la lista de espera.
La lista de espera para trasplante es administrada por el Instituto Nacional De Salud (INS) y la asignación del órgano responde únicamente al cumplimiento de los criterios técnicos – científicos vigentes, por tanto, la única opción para agilizar el proceso de trasplante es contando con un donante vivo.
Sólo existe una lista de espera a nivel nacional, por tanto, no es posible estar registrado en más de una; en caso de que desees cambiar de EPS, serás inactivado en la lista de tu EPS actual y deberás reiniciar el proceso con la nueva entidad, incluyendo los estudios que te hayas practicado.
Recibir un trasplante de órganos en Colombia no tiene costo alguno. El seguro médico del paciente es el que cubrirá los gastos de la cirugía. Cabe aclarar que la lista de espera de pacientes es controlada por el Instituto Nacional de Salud y la selección de la persona que espera el trasplante se basa en aspectos clínicos e inmunológicos.
1. Una persona que padezca una enfermedad crónica o aguda y cuyo tratamiento pueda ser el trasplante debe ser remitida por su médico especialista tratante para valoración pre-trasplante a una IPS habilitada con programa de trasplante.
2. Posterior a esta remisión, la Empresa Administradora de Planes de Beneficios a la cual esté vinculada (Entidad Promotora de Salud -EPS- o Direcciones Departamentales y Distritales de salud) debe autorizar el procedimiento en una IPS habilitada con el programa del trasplante requerido, de acuerdo con lo que se concluya en el estudio pre-trasplante.
3. Una vez el estudio pre-trasplante determine que el paciente cumple con las condiciones clínicas para que sea realizado el procedimiento y se disponga de la autorización del asegurador, el paciente ingresa a una lista de espera para el trasplante requerido.
4. La realización del procedimiento del trasplante depende de que haya un donante compatible y exista la donación de órganos para que estos puedan ser usados con este fin.
Si padeces una enfermedad crónica o aguda conducente a trasplante, tu EPS debe remitirte a valoración y, según el diagnóstico, autorizar el procedimiento con una IPS habilitada en trasplante de órganos, como Colombiana de Trasplantes. Una vez se practiquen los estudios correspondientes, se determina que cumples con las condiciones clínicas para recibir el trasplante y se disponga de la autorización por parte de la EPS, ingresaras a la lista de espera.
La lista de espera para trasplante es administrada por el Instituto Nacional De Salud (INS) y la asignación del órgano responde únicamente al cumplimiento de los criterios técnicos – científicos vigentes, por tanto, la única opción para agilizar el proceso de trasplante es contando con un donante vivo.
Sólo existe una lista de espera a nivel nacional, por tanto, no es posible estar registrado en más de una; en caso de que desees cambiar de EPS, serás inactivado en la lista de tu EPS actual y deberás reiniciar el proceso con la nueva entidad, incluyendo los estudios que te hayas practicado.
Aprende a crear tu correo electrónico, ingresa al siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=F9JebrmE0cg allí encontrarás el paso a paso de cómo crear una cuenta de Gmail.
Si requieres la historia clínica, tienes dos opciones para realizar la petición:
1. A través de https://colombianadetrasplantes.com/contactanos, diligencia el formulario con tus datos de contacto y genera la petición.
2. Puedes realizar la solicitud directamente al correo contactenos@colombianadetrasplantes.com, en ambos casos debes estar atento a tu correo electrónico, ya que te enviarán un formulario el cual debes diligenciar y reenviar al correo contactenos@colombianadetrasplantes.com
Para solicitud de ordenes de laboratorio te invitamos a comunicarte a nuestra línea nacional 018000180280, WhatsApp 3208718677, al igual, a través https://colombianadetrasplantes.com/contactanos , diligenciando el formulario o vía correo electrónico contactenos@colombianadetrasplantes.com, allí un gestor de experiencia te brindará apoyo en la solicitud.
Para solicitud de ordenes de laboratorio te invitamos a comunicarte a nuestra línea nacional 018000180280, WhatsApp 3208718677, al igual, a través https://colombianadetrasplantes.com/contactanos , diligenciando el formulario o vía correo electrónico contactenos@colombianadetrasplantes.com, allí un gestor de experiencia te brindará apoyo en la solicitud.
Si deseas ser parte de nuestra familia debes ingresar a https://colombianadetrasplantes.com/trabaje-con-nosotros allí podrás registrar tus datos y adjuntar tu hoja de vida, cuando tengamos una vacante que se ajuste a tu perfil, nos pondremos en contacto contigo.